He denunciado la inclusión en uno de los proyectos de ejecución del TLC (16.117) de un aumento salvaje y desproporcionado de las sanciones penales contra cualquier persona que copie libros, obras, documentos, música o programas, los accese o difunda, incluyendo la difusión de información por medios como Internet.
El nuevo texto, promovido por el Ministro de Comercio Exterior, impone penas de cárcel de 4 a 6 años y multas de 10 a 500 salarios base (de 2.2 a 106.3 millones de colones) que ni siquiera son exigidas por el Tratado. Se trata de castigos excesivos que pueden comprometer de forma severa el derecho de la población a tener acceso a la educación, a la cultura y al conocimiento.
El artículo 54 de dicho proyecto dice: "Será sancionado con prisión de cuatro a seis años y multas de diez (10) a quinientos (500) salarios base correspondiente a los trabajadores no calificados, fijado en el artículo 2 de la Ley N° 7337, de 5 de mayo de 1993, quien fije y reproduzca obras literarias o artísticas, fonogramas o videogramas protegidos, sin autorización del autor, el titular o el representante del derecho."
Ahora los actos cometidos sin fines de lucro sí constituirán delito y tendrán que ser perseguidos cuando ocasionen "un daño económico mayor a una infracción de poco valor." La gran mayoría de copias de libros, documentos, archivos, música, videos o programas que actualmente realizan estudiantes, profesores y la población en general son actos ejecutados sin fines de lucro. Se hacen para fines de uso personal o para compartir e intercambiar conocimientos con terceros.
Jsé Merino del Río
www.aporrea.org.tecno/n105894.html
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