sábado, 17 de abril de 2010

PODER COLONIAL OLIGÁRQUICO VS. PODER SOCIAL EMERGENTE

Sill Scaroni

Fernando Dorado

La detención el pasado domingo 10 de abril en Cali de Feliciano Valencia, dirigente indígena nasa, vocero de La Minga Social y Comunitaria, vuelve a colocar el tema de la competencia y el forcejeo entre dos clases de justicia: la ordinaria (Estado “nacional”) y la jurisdicción especial indígena (“propia”, como la denominan los pueblos originarios).

No me voy a detener en el caso que es suficientemente conocido. Las comunidades movilizadas detienen un soldado indígena infiltrado en el Resguardo La María en el marco de la movilización de octubre/08. Un tribunal indígena lo juzga, comprueba la mentira y lo castiga mediante la aplicación de 20 “fuetazos” - más simbólicos que reales -, como herramienta para restablecer la armonía comunitaria.

Ahora, con ocasión de una demanda entablada por el soldado indígena, alentado por el Ejército y el gobierno de Uribe, se acusa a los dirigentes que encabezaron el tribunal indígena de haberle infringido lesiones personales y haberle violado sus derechos fundamentales. Está en marcha un proceso judicial contra numerosos dirigentes.

En forma resumida podríamos decir que este es un intento burdo de criminalizar la lucha social de los pueblos indígenas, utilizando el choque entre dos jurisdicciones que - tienen reconocimiento legal - pero que reflejan la contradicción real entre un poder dominante (oligárquico, heredado desde la Colonia) y un poder social emergente (que ha existido desde antes de la “conquista”) que representa los intereses de los pueblos originarios.

Pero veamos el problema de fondo. Durante el siglo XX la dinámica de los movimientos y luchas indígenas ha evolucionado permanentemente. Ello ha permitido tanto a las sociedad nacional colombiana como a las mismas comunidades nativas, elaborar nuevas visiones, concepciones y prácticas que estimulan la interacción y el intercambio cultural entre los pueblos originarios y las poblaciones mestizas, afrodescendientes y blancas.

Ahora, iniciando el siglo XXI el problema no se puede plantear mediante las disyuntivas que se discutían en el siglo pasado que eran:

  • Se impulsa la integración social y cultural de las comunidades indígenas a la sociedad nacional, ó, se hace la reconstrucción social y política de sus nacionalidades y su desarrollo autónomo.
  • Se trabajo el apoyo organizativo a los pueblos indígenas ó se construyen políticas públicas especiales para comunidades indígenas.

Las múltiples experiencias y enseñanzas acumuladas demuestran, en múltiples casos, que esas disyuntivas eran falsas. No se necesita de la destrucción de las identidades y autonomías étnicas y culturales de los pueblos originarios para que ellos, si así lo desean, puedan adaptar e integrar a sus vidas los avances y desarrollos productivos, económicos, tecnológicos y culturales que vienen construyendo las sociedades nacionales.

De igual forma, tampoco se requiere que la población mestiza y la sociedad nacional – si así lo determinan -, tengan que sufrir una especie de “involución étnica” para que pueda recuperar y asimilar creativamente los importantes valores, prácticas, costumbres, cosmovisiones, lenguas y dialectos, culturas, que a lo largo de siglos perdieron de su pasado ancestral.

Por otro lado, el diseño y aplicación de verdaderas y efectivas políticas públicas del Estado colombiano requiere del fortalecimiento organizativo de las comunidades indígenas para evitar que los planes, programas y proyectos que se implementen, conduzcan hacia prácticas paternalistas, que agudizan la dependencia, o que aparezcan dinámicas de cooptación de los dirigentes y autoridades propias que –a la larga - profundizan los niveles de subordinación social, y producen graves conflictos al interior de las sociedades indígenas.

La realidad es que las comunidades y organizaciones indígenas reclaman con mucha razón, tanto la igualdad de derechos como el ejercicio de derechos especiales que compensen su situación histórica de exclusión y discriminación, y a la vez, se reservan el derecho a no tener que elegir entre unos derechos u otros. Sólo el desarrollo de sus capacidades potenciales irá resolviendo esa contradicción entre el derecho y la realidad.

En el caso que reseñamos existen aspectos particulares por estudiar. Las comunidades indígenas organizadas deben contextualizar el problema. El gobierno y las clases dominantes juegan en este momento a aislarlos del resto del pueblo colombiano. El tema de la jurisdicción especial indígena está siendo presentado como una especie de privilegio, del cual – supuestamente - se aprovechan las autoridades nativas para violar derechos a población no-indígena y a su propia población.

Las conquistas territoriales que los pueblos naturales han realizado durante las últimas 3 décadas, recuperando importantes áreas que estaban en manos de grandes terratenientes, está en el centro de esta ofensiva. Hoy esta lucha por el territorio hace parte de la ofensiva del gran capital. Inmensas y todopoderosas empresas transnacionales con la ayuda del gobierno colombiano, desean destruir cualquier tipo de resistencia comunitaria para apropiarse de los recursos que existen en esas regiones (tierras, minas, biodiversidad, sabiduría ancestral, etc.).

Las comunidades nativas, sus organizaciones sociales y sus dirigentes, deben saber ubicar la lucha por defender y ejercer su jurisdicción especial indígena en el marco de ese conflicto, que es de carácter geo-político. El resto del movimiento social colombiano y las organizaciones políticas democráticas deben ponerse al lado de los pueblos originarios, derrotar los intentos por aislarlos y derrotarlos, y construir entre todos un Estado verdaderamente plurinacional y multicultural, que hasta ahora sólo está en el papel.


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