Quito - Ecuador
Asamblea concede amnistía para los defensores de los derechos humanos
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Pasado el medio día después del debate en pleno, la Asamblea concedió la amnistía a favor de 357 líderes sociales criminalizados y enjuiciados por resistirse a la implementación de proyectos mineros, hidroeléctricos, camaroneros y otros en sus comunidades.
La resolución aprobada por el pleno de la Asamblea, dice:
Art. 1 Conceder amnistía general para los procesos penales enumerados en esta resolución vinculados a las acciones de resistencia y de protesta que ciudadanos y ciudadanas han llevado adelante en defensa de sus comunidades y de la naturaleza, frente a proyectos de explotación de los recursos naturales, y que por ello han sido enjuiciados penalmente por delitos comunes tipificados en el Código Penal.
Art. 2 Esta amnistía beneficia a las personas procesadas por los hechos sucedidos en los siguientes casos:
POR INTERVENCIÓN MINERA
Caso 1. Intag / Ascendant Copper Corporation
Caso 2. Yantzaza / Aurelian
Caso 3. El Pangui / Corriente Resolurces (ECSA)
Caso 4. Poblador / Minero Industrial
Caso 5. Limón Indanza / Sipetrol
Caso 6. Echandía y Las Naves / Curimining o Salazar S.A. (hechos ocurridos durante 2007 – 2008)
Caso 7. Victoria del Portete / AMGOLD
Caso 8. Moleturo 7 Ecuadorgold y EMC
POR INTERVENCIÓN PETROLERA
Caso 1. Payamino / Perenco
Caso 2. Pindo / Petroriental
Caso 3. Técnico petrolero / Compañía Petrobras
POR PROYECTOS HIDROELÉCTRICOS
Caso 1. San Pablo de Amalí 7 Hidrotambo
Caso 2. Pangual y la Maná / ENERMAX
POR DEFENDER TIERRAS COMUNALES, DERECHOS COLECTIVOS Y ESPACIOS PÚBLICOS
Caso 1. Salango / empresario hotelero
Caso 2. Las Acacias / Municipio de Quito
Caso 3. Centro Comunitario Lorenzo Voltoline.- provincia de Cotopaxi, cantón Latacunga
POR DEFENDER EL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL
Caso 1. Tumbaco / EMAAP – Q
Caso 2. El Rosal / ADELCA
POR EXPLOTACIÓN MADERERA
Caso 1. Predio Pambilar / ENDESA-BOTROSA
Art. 3 Los beneficiados y las beneficiadas de la amnistía que están privados de su libertad serán inmediatamente excarcelados. Los procesos que se sigue en contra de los beneficiados por la amnistía se suspenderán y serán archivados y quedan libres de toda responsabilidad penal por los delitos que se les imputa.
Art. 4 Encárguese a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio Público, al Ministro de Gobierno y Policía y a las instituciones competentes, la ejecución inmediata de la presente resolución.
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